Condenan a Wanadoo a devolver la mitad de las cuotas a un cliente por incumplir la velocidad del servicio.
Ep - Madrid .-
El juez de Primera Instancia e Instrucción del Juzgado Número 3 de Pola de Siero (Asturias), Ricardo Badás Cerezo, ha condenado al proveedor de servicios de Internet Wanadoo a devolver la mitad de las cuotas y a indemnizar con 500 euros a un cliente de su servicio ADSL por incumplir las condiciones de velocidad contratadas para acceder a la Red. El profesor de la Universidad de Oviedo, Iván Antonio Rodríguez Cardo, contrató en mayo del pasado año el servicio de Wanadoo «ADSL Go», que ofrece velocidades de recepción y envío de información en Internet a 256/128kbps, por 29,90 euros mensuales (sin IVA), según la información que aparece publicada en su propia web.
A finales de septiembre, Rodríguez demandó a la compañía de Internet por la «baja velocidad» del servicio contratado, que, en su opinión, «en modo alguno» podía considerarse «como aceptable para un servicio de acceso a Internet teóricamente de banda ancha». El juez Badás ha estimado «sustancialmente» la demanda al estimar que Wanadoo incumplió las condiciones de velocidad que ofrece en su propia publicidad, que es «por lo menos incompleta», si no «engañosa por omisión».
Así, considera que el argumento defensivo de Wanadoo «se vuelve contra ella misma», puesto que si, tal y como asegura, «los servidores de Internet no pueden garantizar, por razones técnicas, la estabilidad del acceso», debería haberlo incluido en la publicidad de su servicio. En consecuencia, reconoce el derecho a la devolución de la mitad de las cuotas que el usuario ha pagado desde mayo y aquéllas que tenga que abonar hasta que se ejecute la sentencia, al considerar que el servicio ha sido prestado de forma parcial, al cincuenta por ciento según las pruebas de velocidad realizadas.
«Daños morales»
Asimismo, la sentencia -fechada el 2 de enero-, declara resuelto el contrato entre las dos partes y condena a Wanadoo a pagar al usuario quinientos euros en concepto de indemnización por «daños morales», además de las costas del proceso. Rodríguez solicitó dicha indemnización en concepto de «daños y perjuicios, en compensación por el dinero y el tiempo dedicado a contactar con el servicio técnico, tanto por vía telefónica como por 'e-mail' o chat, y por la enorme pérdida de tiempo en la recolección de los cientos de test de velocidad». La compañía dispone ahora de un plazo de cinco días para recurrir el fallo.
(LA RAZÓN)
